Distinciones
Distinciones
Distinciones de la Confederación Española de Fotografía (CEF)
Índice
1. Reglamento de distinciones
2. Adquisición de puntos para las distinciones de autor
3. La distinción ACEF
4. La distinción ECEF
5. La distinción MCEF
6. Niveles MCEF
7. Distinciones al Jurado
8. Distinciones a Entidades
9. Fotógrafo cinco estrellas
10. Miembro de Honor de la CEF
11. Notas comunes Cláusula transitoria primera
12 Cláusula derogatoria pág.
1. Reglamento de distinciones
Con la finalidad de reconocer los méritos de los fotógrafos asociados y las Federaciones autonómicas, la Confederación Española de Fotografía (CEF) otorgará unas distinciones en función de los resultados obtenidos en su actividad fotográfica, ya sea en su participación en salones con patrocinio CEF, en exposiciones individuales y/o colectivas o participando como jurado en salones con patrocinio CEF y/o por formación impartida. También se han creado distinciones dirigidas a las Federaciones como dinamizadoras de las distintas actividades dentro de su ámbito territorial.
Estas distinciones son:
- AUTOR:
o ACEF (Artista CEF)
o ECEF (Excelencia CEF)
o MCEF (Maestro CEF)
o MCEF/b
o MCEF/p
o MCEF/o
o MCEF/Pt
o MCEF/d1
o MCEF/d2
o MCEF/d3
- JURADO:
o JURADO BRONCE
o JURADO PLATA
o JURADO ORO
- ENTIDAD:
o FEDERACIÓN BRONCE
o FEDRACIÓN PLATA
o FEDERACIÓN ORO
- FOTOGRAFO CINCO ESTRELLAS
- MIEMBRO DE HONOR
2. Adquisición de puntos para las distinciones de autor
El candidato a las distinciones de “Autor” ACEF, ECEF, MCEF y sus niveles, puede acumular puntos de las siguientes maneras:
a) En concursos nacionales organizados bajo el Patrocinio de la CEF, por cada premio o finalista obtenido en concursos nacionales CEF, excepto sociales o con limitación de participación, se le computará un punto por cada fotografía aunque ésta forme parte de una colección. El máximo de puntos en estos concursos será del 15% del total de las obras presentadas, incluidos los premios.
b) En salones con Patrocinio de la CEF y FIAP, de ámbito internacional, se computará un punto por cada obra premiada o aceptada. En los concursos internacionales sin reconocimiento FIAP se aplicará las puntuaciones según el apartado a)
c) En la participación en bienales organizadas por FIAP, concursos o actividades organizados por la propia CEF un punto por cada fotografía seleccionada.
d) En exposiciones individuales o colectivas:
Las exposiciones de 15 a 29 obras puntuarán con 3 puntos si es individual, y si es colectiva de 2 o más miembros, con un mínimo de 3 obras por autor, con 2 puntos cada autor.
Por cada exposición individual de 30 o más obras, se computarán 5 puntos, y si es colectiva de 2 o más miembros, con un mínimo de 3 obras por autor, 3 puntos por cada autor.
En ambos casos han de exponerse en salas de exposiciones públicas o privadas y estar debidamente documentada ante el vocal de exposiciones de la CEF con anterioridad a celebrarse la misma de acuerdo con las normas de exposiciones.
e) Adquisición de puntos mediante formación impartida:
Aquellos autores que deseen la adquisición de puntos para las distinciones que concede la CEF mediante la realización de formación, deberán dirigirse de forma individual, a través de su Federación, para informar por correo electrónico de las siguientes datos:
horas del o de los cursos de formación
fecha
lugar
tipo de formación
Para la obtención de los puntos el curso debe llevar el logotipo de la Confederación Española de Fotografia y debe estar abierto a todos los socios de la CEF y también debe haberse notificado con antelación para que se pueda dar la difusión correspondiente desde de la CEF.
• Para cursos de 1 a 4 horas se otorgará 1 punto
• Para cursos de 5 a 8 horas otorgarán 2 puntos
• Para cursos de más de 8 horas otorgarán 3 puntos
f.- Adquisición de puntos mediante publicaciones
Aquellos autores que deseen la adquisición de puntos por publicaciones que concede la CEF mediante la edición de soportes impresos en papel (libros, revistas, catálogos, etc.), deberán dirigirse de forma individual, a través de la web de la CEF, para rellenar el formulario de solicitud con los siguientes datos:
• Fecha publicación
• Número de páginas
• Logotipo CEF (si / no)
• Breve resumen del contenido (250 palabras máximo)
• Imagen jpg de la portada • Libro en pdf, máximo 12Mb
• En caso de que hayan participado varios socios de la CEF en la publicación, con un máximo de 10, se indicará nombre y apellidos de todos y tendrán los mismos derechos de puntuación.
• Cesión de derechos de publicación del pdf en los medios de difusión de la CEF.
• Cesión de derechos del contenido del libro.
• Con los libros recibidos, la CEF podrá participar en convocatorias de premios. Para la obtención de los puntos la publicación debe cumplir obligatoriamente:
• Deben ser libros de autor.
• Llevar el logotipo de la Confederación Española de Fotografía.
• La temática debe ser la fotografía. Sí que están permitidos por ejemplo ensayos, y no es necesario que haya fotografías, eso sí, siempre versará el tema sobre fotografía.
• La edición del libro, debe ser máximo dos años antes de la solicitud.
• Será obligatorio enviar un ejemplar a la CEF para su archivo.
• Sólo se podrá pedir una vez por publicación. Se establecen las siguientes puntuaciones: Para publicaciones individuales
• de 50 a 80 páginas se otorgarán 4 puntos
• de 80 a 160 páginas se otorgarán 5 puntos
• de más de 160 páginas se otorgarán 6 puntos Para publicaciones colectivas
• de 50 a 80 páginas se otorgarán 1 puntos
• de 80 a 160 páginas se otorgarán 2 puntos
• de más de 160 páginas se otorgarán 3 puntos
3. La distinción ACEF
3.1 La distinción “Artista de la CEF” (ACEF) se concede al artista para reconocer el conjunto de sus resultados en el ámbito de la fotografía artística.
3.2 Los requisitos para la obtención de la distinción ACEF son:
a) Totalizar al menos 30 puntos.
b) Estar en posesión del carné de la CEF y estar asociado a una Federación autonómica integrante de la CEF o situación asimilable según los Estatutos de la CEF.
c) En concepto de tasas se pagará la cantidad de 15 €
3.3 La concesión de dicha distinción se ha de solicitar en la web de la CEF en cuanto se cumplan las condiciones indicadas por parte del autor, de acuerdo con lo especificado en este reglamento.
3.4 Cada autor a quien se le conceda la distinción ACEF recibe un diploma acreditativo y un pin de la CEF en plata, que se entregará con ocasión del Congreso Anual de la CEF siguiente a la fecha de su obtención.
4. La distinción ECEF
4.1 La distinción “Excelencia de la CEF” (ECEF) se concede al artista para reconocer el conjunto de sus resultados en el ámbito de la fotografía artística. 4.2 El candidato a la distinción ECEF debe cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión de ACEF desde al menos un año antes.
b) Totalizar por lo menos 100 puntos obtenidos en actividades organizadas por la CEF o bajo patrocinio de la misma y por la realización de exposiciones, tal como se definen en el presente reglamento.
c) Estar en posesión del carné de la CEF y estar asociado a una Federación autonómica integrante de la CEF o situación asimilable según los Estatutos de la CEF.
d) Presentar un portfolio de 5 obras que no deberán formar necesariamente colección. El tamaño del archivo debe ser de 40 x 50 cm. incluidos márgenes, en formato JPG a 300 ppp. y perfil de color Adobe RGB. Estas fotos se incorporarán a la Fototeca de la CEF. También se adjuntará un pequeño currículo redactado en castellano.
e) En concepto de tasas se pagará la cantidad de 20 €
4.3 La concesión de dicha distinción es automática en cuanto se cumplan las condiciones indicadas por parte del autor, que remitirá a la CEF mediante un formulario en la web toda la documentación necesaria de acuerdo con lo especificado en el presente reglamento.
4.4 Cada autor a quien se le conceda la distinción ECEF recibe un diploma acreditativo un pin de la CEF en plata, que se entregará con ocasión de del Congreso Anual de la CEF siguiente a la fecha de su obtención.
5. La distinción MCEF
5.1 La distinción “Maestro Fotógrafo de la CEF” (MCEF) se concede al artista para reconocer el conjunto de sus resultados en el ámbito de la fotografía artística.
5.2 El candidato a la distinción MCEF debe cumplir los siguientes requisitos: a) Estar en posesión de ECEF desde al menos un año antes. b) Totalizar por lo menos 200 puntos obtenidos en actividades organizadas por la CEF o bajo patrocinio de la misma, tal como se definen en el presente reglamento en el punto 1.
c) Estar en posesión del carné de la CEF y estar asociado a una Federación autonómica integrante de la CEF o situación asimilable según los Estatutos de la CEF.
d) Adjuntar su currículo vitae con un máximo de 2 páginas formato A4 con un tipo de letra arial 11 p. El texto se redactará en el idioma Castellano.
e) Presentar un portafolio de 10 obras. El tamaño del archivo debe ser de 40 x 50 cm. incluidos márgenes, en formato JPG a 300 ppp. y perfil de color Adobe RGB. Es obligatorio una presentación uniforme estilo “portfolio“. Esta colección debe ser coherente y homogénea, tanto desde el punto de vista concepción como de su ejecución y presentación. Las fotografías no podrán haber sido presentadas con ocasión de anteriores distinciones CEF.
f) Un texto de introducción que defina el tema y las concepciones creativas del autor. El texto se redactará en el idioma Castellano.
g) En concepto de tasas se pagará la cantidad de 35 €
5.3 El portfolio del autor pasa a integrarse en los fondos de la CEF.
Las colecciones de autores MCEF permiten la realización de exposiciones CEF. Los candidatos MCEF aceptadas permitirán a la CEF imprimir para exposición, participación en certámenes o publicar dentro de las funciones de la Confederación.
5.4 La concesión de dicha distinción es automática en cuanto se cumplan las condiciones indicadas por parte del autor, que remitirá a la CEF mediante un formulario en la web toda la documentación necesaria de acuerdo con lo especificado en los puntos 5.2 y 5.3 del presente reglamento.
5.5 Cada autor a quien se le conceda la distinción MCEF recibe un diploma acreditativo y un pin de la CEF en plata, que se entregará con ocasión de del Congreso Anual de la CEF siguiente a la fecha de su obtención.
6. Niveles MCEF
6.1 A partir de la obtención de la distinción MCEF se establecen tres niveles o categorías:
MCEF/b (Maestro CEF en la categoría de bronce)
MCEF/p (Maestro CEF en la categoría de plata)
MCEF/o (Maestro CEF en la categoría de oro)
6.2 Para la obtención de estos niveles hay que cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión de la distinción anterior con al menos un año antes.
b) Estar en posesión del carné de la CEF y estar asociado a una Federación autonómica integrante de la CEF o situación asimilable según los Estatutos de la CEF.
c) Haber obtenido mediante su actividad fotográfica según se describe en el punto 1 del presente reglamento, al menos las siguientes puntuaciones
Para MCEF/b 300 puntos
Para MCEF/p 400 puntos
Para MCEF/o 500 puntos
Para MCEF/Pt 750 puntos
Para MCEF/d1 1000 puntos
Para MCEF/d2 1500 puntos
Para MCEF/d3 2000 puntos
d) En concepto de tasas se pagará la cantidad de 35 € en cada uno de los niveles solicitados.
6.3 El procedimiento de solicitud y concesión de los distintos niveles MCEF será el mismo que el descrito en el apartado 4 de éste reglamento.
6.4 Cada autor a quien se le conceda un nivel MCEF recibe un diploma acreditativo y un pin de plata de la CEF que se entregará con ocasión del Congreso Anual de la CEF siguiente a la fecha de su obtención.
7. Distinciones al Jurado
7.1 Se establecen tres categorías o distinciones para valorar la actividad llevada a cabo por los miembros de la Confederación Española de Fotografía como jurados en los distintos salones nacionales o internacionales con patrocinio CEF, FIAP o PSA.
7.2 Las puntuaciones para este apartado se obtienen participando de jurado en los fallos de los salones de ámbito nacional 1 punto y de ámbito internacional 2 puntos y por la asistencia a cursos o congresos específicos para jurados y promovidos por la CEF 1 punto siempre que la acción formativa sea de al menos 6 horas.
Las puntuaciones necesarias para obtener la distinción son:
Jurado Bronce 30 puntos
Jurado Plata 80 puntos
Jurado Oro 150 puntos
7.3 El candidato deberá estar en posesión del carné de la CEF y estar asociado a una Federación autonómica integrante de la CEF o situación asimilable según los Estatutos de la CEF.
7.4 El procedimiento de concesión de las distinciones CEF a los jurados es automática y se solicita en la web de la CEF. Se entregará con ocasión del Congreso Anual de la CEF siguiente a la fecha de su obtención. Recibirá un diploma acreditativo y un pin de plata de la CEF.
7.5 En concepto de tasas se pagará la cantidad de 20 € en cada uno de los niveles solicitados
8. Distinciones a Entidades
8.1 Se crean distinciones para valorar las Federaciones con más actividad dentro del ámbito de la CEF para lo cual se hará una clasificación con las puntuaciones de todos sus miembros de acuerdo con lo descrito en los puntos anteriores de este reglamento. Se establecen tres niveles.
8.2 Puntúan para esta distinción los puntos acumulados de todos los miembros de una Federación afiliada a CEF ya sea como autor o como jurado.
Las puntuaciones necesarias para la obtención de las correspondientes distinciones son:
Federación Bronce 800 puntos
Federación Plata 1500 puntos
Federación Oro 2500 puntos
8.3 La concesión de dicha distinción es automática en cuanto la Federación alcance la puntuación necesaria para cada distinción y se solicitara en la web de la CEF.
8.4 Cada Federación a quien se le conceda una distinción de este apartado, recibe un diploma acreditativo y una medalla de la CEF, que se entregará con ocasión de del Congreso Anual de la CEF siguiente a la fecha de su obtención. 8.5 Solamente se podrá obtener una distinción de este apartado por año, debiendo estar la entidad en posesión de la anterior.
9. Fotógrafo cinco estrellas
9.1 Se establece una nueva distinción para valorar al autor en su conjunto, en la que se tiene en cuenta tanto su actividad creativa mediante producción fotográfica, participando en salones nacionales e internacionales, exposiciones (debiendo estar estas suficientemente documentadas), impartiendo formación, realizando publicaciones, así como por su actividad como jurado en salones con patrocinio CEF, FIAP y PSA.
Para la obtención de la distinción “Fotógrafo cinco estrellas” se sumarán las puntuaciones de autor y jurado otorgándose tal distinción a aquellos que alcancen la puntuación de 500 puntos.
Es requisito imprescindible tener la distinción de Jurado de Bronce (JbCEF) o nivel superior y haber puntuado en las cuatro formas diferentes de conseguir puntos de autor (concursos, exposiciones, formación y publicaciones).
9.2 Esta distinción es compatible con las relacionadas en este reglamento para los autores o jurados (ACEF – ECEF – MCEF – Niveles MECEF – JURADO/b – JURADO/p – JURADO/o).
9.3 En concepto de tasas se pagará la cantidad de 35 €
9.4 El procedimiento para la concesión de la distinción “Fotógrafo cinco estrellas” será automático y se entregará con ocasión del Congreso Anual de la CEF siguiente a la fecha de su obtención. Se solicitara en la web de la CEF. Recibirá un diploma acreditativo y una Medalla de oro de la CEF.
Para la obtención de la distinción “Fotógrafo cinco estrellas” se sumarán las puntuaciones de autor y jurado otorgándose tal distinción a aquellos que alcancen la puntuación de 500 puntos.
Es requisito imprescindible tener la distinción de Jurado de Bronce (JbCEF) o nivel superior y haber puntuado en las cuatro formas diferentes de conseguir puntos de autor (concursos, exposiciones, formación y publicaciones).
9.2 Esta distinción es compatible con las relacionadas en este reglamento para los autores o jurados (ACEF – ECEF – MCEF – Niveles MECEF – JURADO/b – JURADO/p – JURADO/o).
9.3 En concepto de tasas se pagará la cantidad de 35 €
9.4 El procedimiento para la concesión de la distinción “Fotógrafo cinco estrellas” será automático y se entregará con ocasión del Congreso Anual de la CEF siguiente a la fecha de su obtención. Se solicitara en la web de la CEF. Recibirá un diploma acreditativo y una Medalla de oro de la CEF.
10. Miembro de Honor de la CEF
10.1 La distinción “Miembro de Honor CEF” se establece con la finalidad de distinguir a las personas que han prestado servicios de carácter excepcional y continuado a la fotografía española, la CEF y las Federaciones autonómicas. Para esta distinción se requieren méritos a nivel nacional e internacional con efectos positivos para la CEF.
10.2 La candidatura de la distinción HonCEF comprende un dossier completo con el curriculum y una detallada descripción pormenorizada de los méritos alegados para hacerse acreedor de la mencionada distinción.
10.3 La propuesta de una candidatura HonCEF se realizará por cualquiera de las Federaciones autonómicas o por la Junta Directiva de la CEF y será examinada por esta última en sus reuniones ordinarias, teniéndose en cuenta la aportación extraordinaria del candidato a la fotografía y su desarrollo así como su contribución al progreso de la CEF. Se concede por votación unánime de todos los miembros de la Junta Directiva de la CEF.
10.4 La propuesta razonada y el resto de la documentación se remitirá a la CEF antes del 30 de junio de cada año.
10.5 La distinción HonCEF se entregará con ocasión del Congreso Anual de la CEF siguiente a la fecha de su obtención.
Recibirá una Medalla de la CEF y un diploma acreditativo.
10.6 Esta distinción es compatible con las relacionadas en este reglamento para los autores o jurados (ACEF – ECEF – MCEF – NIVELES MECEF – JURADO/b – JURADO/p – JURADO/o).
11. Notas comunes
11.1 Para todas las distinciones se computarán los puntos con las actas recibidas por la CEF hasta el día 31 de agosto de cada año.
11.2 Para recibir cualquier distinción es necesario estar al corriente de las cuotas de la CEF y se perderá en el momento que no se cumpla este requisito.
11.3 Los expedientes completos reseñados en los puntos anteriores para todas las distinciones se solicitaran mediante un formulario en la web antes del día 10 de septiembre de cada año.
11.4 Las tasas correspondientes a cada distinción deberán ser abonadas antes del 10 de septiembre.
11.5 Solamente se podrá obtener una distinción por año por cada una de las categorías, debiendo estar el candidato en posesión de la anterior. Cláusula transitoria primera
El presente Reglamento entra en vigor a partir de su aprobación en la Asamblea General Ordinaria celebrada en Andorra el 2 de noviembre de 2019
Clausula derogatoria
A partir de la entrada en vigor del presente Reglamento de distinciones quedará derogado el anterior aprobado el 3 de noviembre de 2018 por la Asamblea General ordinaria de la Confederación Española de Fotografía celebrada en Gijón.
Diligencia:
Quedan aprobadas las modificaciones del anterior reglamento, por la Asamblea general Ordinaria de la Confederación Española de Fotografía.
Andorra, 2 de noviembre de 2019